BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/21

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, Secretaría N° 6, en el EXPTE. N° C-139.398/19, caratulado: “Ejecutivo: SALINAS, CLAUDIO ALEJANDRO c/ MURILLO, SERGIO RAÚL”. Se notifica el presente Proveído: San Salvador de Jujuy, 05 de Agosto de 2019. Por presentado el Dr. Martín Modena, por constituido domicilio legal y por parte a merito de la Copia Juramentada de Poder General para Juicios que presenta para actuar en nombre y representación de Claudio Alejandro Salinas. Atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago y ejecución y embargo en el domicilio denunciado y en contra de Murillo, Sergio Raúl DNI 24.612.265 por la suma de pesos ochenta y cinco mil ($85.000) en concepto de Capital, con más la suma de Pesos Cuarenta y Dos Mil Quinientos ($42.5000) calculada para responder a ulteriores del Juicio. En defecto de pago, trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravámen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores. Asimismo cítesela de Remate para que oponga excepciones  si las tuviere dentro del plazo de Cinco Días, por ante este Juzgado y Secretaría Nº 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele Traslado del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada para que constituya domicilio legal, dentro del radio de tres KMS. de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art.52 del item). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia y con las facultades inherentes del caso y a quien se librará el correspondiente mandamiento. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese (Art.154 del C.P.C.).- Secretaría: Dra. María Guillermina Sequeiros-Secretaria.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Diciembre del 2020.-
08/10/12 FEB. LIQ. Nº 22540 $1038,00.-