BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 10/02/21
DECRETO Nº 1201-S/2020.-
EXPTE Nº 716-265/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. Héctor Enrique Rodríguez, CUIL 20-12067268-2, cargo categoría C (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R601-04 Hospital “San Roque”, con el adicional por permanencia en guardia del 30 % a partir del 1° de mayo de 2001, del 60% a partir del 1° de Mayo de 2006 y del 90%, a partir del 1° de mayo de 2011.-
ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Héctor Enrique Rodríguez, correspondiente al 90% sobre la Categoría de ingreso, a partir del 1° de mayo de 2011, a las partidas presupuestarias Previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2020
La partida de Gasto en Personal asignada, a la Jurisdicción R Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-04 Hospital San Roque.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Sal a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR