BOLETÍN OFICIAL Nº 17 – 10/02/21
DECRETO Nº 309-ISPTyV/2019.-
EXPTE Nº 600-194/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Transfiérase a partir del día 2 de enero de 2.020, la Unidad Ejecutora Técnica del “Programa Integral de Hábitat” (U.E.T.) del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda al Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, que continuará con lineamientos y procedimientos iniciados o en curso de ejecución en el marco del Programa, con facultades para continuar, adjudicar, aprobar, culminar los procedimientos de contratación de obras, y rendición de cuentas, cumpliendo con las disposiciones de las Leyes N° 1864/48, N° 4775, N° 4785 y N° 4985 Decreto Ley N° 159-HG-57, Decretos Acuerdos N° 6209-OP-98, N° 1194-H-82, N° 1687-ISPYYV-16, y 3716-H-78.-
ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a la creación, modificación, y transferencia de partidas presupuestarias que resulten necesarias para afrontar las erogaciones que deriven del ‘cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será suscripto por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Siga al Boletín Oficial para publicación, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase a los Ministerios de Hacienda y Finanzas y Gobierno y Justicia, y al Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR