BOLETÍN OFICIAL Nº 15 – 05/02/21

DECRETO Nº 1457-S/2020.-

EXPTE Nº 700-59/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 AGO. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Salud, a imputar la erogación derivada del Expte. N° 700-59/19, caratulado: “Ref. INFORME DE ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN NOVIEMBRE 2018 PARA LA UNIDAD DE TELESALUD-TELEMEDICINA Y PROG. PCIAL. DE TELESALUD” cuando la misma corresponda, previa revisión de !as actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 “Para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2.020- Ley N° 6149, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.‑

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 3°.- Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR