BOLETÍN OFICIAL Nº 13 – 01/02/21
DECRETO Nº 1175-MS/*2020.-
EXPTE. Nº 1412-168/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUN. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el marco de la excepción prevista en el artículo 1º -in fine- del Decreto Acuerdo N° 3789-H/2001, a la adquisición de bienes de capital -consistente en tres (03) Conteiner — módulos habitacionales, mediante el procedimiento de contratación directa, conforme Decreto Acuerdo N° 3716-H/1978, Régimen de Contrataciones del Estado, Decreto N° 8484-HF/19, con facultades para aprobar y culminar el procedimiento de compra, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- La erogación emergente, se atenderá con la afectación a la Partida Presupuestaria Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad U. de O. “1A” Dirección General del Administración, Partida “7.5.41.0.2.5” Bienes de Capital – Ley N° 5860 Código Contravencional; previsto en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2020, Ley N° 6149/19.-
ARTICULO 3°.- Torne razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para su publicación en forma sintética. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pasé sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR