BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 06/04/16

Dr. Sebastián Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4-Secretaría N° 7, en el Expte. N° C-41.545/2015, caratulado: “Ejecutivo: Jujuy Materiales S.R.L. c/ Flores, Marcela Beatríz”, se ha dictado el siguiente proveído:”San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2015.- Autos y Vistos:…Resulta:…Considerando:…Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Jujuy Materiales S.R.L. en contra de Marcela Beatriz Flores, D.N.I. Nº 26.451.895, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CUARENTA CTVOS. ($11.649,40.-) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c. Achi Yolanda y otro“, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2º) Imponer las costas a la demandada vencida (art. 102° del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. Diego L. Zurueta en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) por su actuación en el doble carácter, más IVA si correspondiere, fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c. Achi Yolanda y otro“, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235) (L.A. Nº 17, Fº 325/326 Nº 179).- 4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (art. 154° del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi, Dra. Maria Cecilia Farfan-Secretaria”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación en la provincia tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 29 de Febrero de 2016.-

 

06/08/11 ABR. LIQ. Nº 123418 $270,00.-