BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 29/01/21
DECRETO Nº 1063-S /2020.-
EXPTE Nº 726-156/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos — Ejercicio 2020 — Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE:
DE:
- de O.: R1
MINISTERIO DE SALUD
Categoría N° de Cargos
1(c-4) 1
Agrup. Serv. Grales
Escalafón Gral. Ley 3161/74
Total 1
A:
U de O.: R6-01-14 HOSPITAL “DR. SALVADOR MAZZA”
Categoría N° de Cargos
1(c-4) 1
:Agrup. Serv. Grales.
Escalafón Gral. Ley 3161/74
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designado al Sr. ANGEL RENE SALAS, CUIL 2029229191-5, en el cargo categoría 1 (c-4), Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de chofer en la Planta Permanente en la U. de O.: R6-01-14 Hospital “Dr. Salvador Mazza”, a partir del 01 de octubre de 2.018.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderán con las Partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2020:
La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6149, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-14 Hospital Dr. Salvador Mazza.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26: para Pago Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR