BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 27/01/21
Dr. R. Sebastian Cabana – Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 – Secretaria Nº 7 – de la Provincia de Jujuy, hace saber a Roberto Eugenio Beron, DNI Nº14.095.852 que en el EXPTE. Nº C-100647/2017 caratulado: “Ejecutivo: Tolaba Sabina c/ Beron Roberto Eugenio” se dictó la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 05 de Diciembre de 2017. Téngase por presentado al Dr. Gustavo Javier Jaramillo en nombre representación de Sabina Tolaba, a mérito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña a fs.11/13,por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales. Atento a lo solicitado, y de conformidad a lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra del demandado Roberto Eugenio Beron, DNI Nº14.095.852, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos ciento veintidós mil ochocientos quince con cero Ctvo. ($122.815,00) en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Treinta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y cuatro con cincuenta Ctvo. ($36.844,50) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts.52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Notifíquese (Art.154 C.P.C). Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana-Juez Ante Mi Dra María Cecilia Farfan Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 26 de noviembre de 2020.-
25/27/29 ENE. LIQ. Nº 22141 $ 267,00, LIQ. Nº 22151 $ 346,00.-