BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 25/01/21

DECRETO Nº 11328-S/2019.-

EXPTE Nº 728-36/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICÚLO 1°.- Retifiquese el Artículo 3° del Decreto N° 9956-S-19, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 3°. Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y. notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100° Bis de la Ley N° 3151/74, –­modificado por Ley N° 5748.-“

ARTICULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto: Contaduría de la Provincia y la Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR