BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 25/01/21
DECRETO Nº 1909-G/2020.-
EXPTE Nº 246-782-2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización 2C DIRECCION PROVINCIAL DEL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA DEL ESTADO dependiente de la Jurisdicción “A” Gobernación, como se detalla a continuación:
CREASE:
PERSONAL DEL ESCALAFON GENERAL – LEY N° 3161
CARGO
2 1 |
CATEGORIA
3 1 |
ARTICULO 2°.- Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal Escalafón General- Ley N° 3161, en la Planta Permanente de la Jurisdicción “A” Gobernación U. de O. 2C Dirección Provincial del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, al Sr. GUILLERMO ANTONIO MIRALLES, CUIL N° 20-28646870-6, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 3°.- Desígnese en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Personal Escalafón General – Ley N° 3161, en la Planta Permanente de la Jurisdicción “A” Gobernación U. de O. 2C Dirección Provincial del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, a la Sra. MARGARITA ISABEL RODRIGUEZ CUIL N° 27-25663061-9, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Desígnese en el cargo Categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Personal Escalafón General – Ley N° 3161, en la Planta Permanente de la Jurisdicción “A” Gobernación. U. de O. 2C Dirección Provincial del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, al Sr. NESTOR SEBASTIAN FLORES CUIL N° 20-32625183-7, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 4°.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “A” Gobernación, U. de O. 2C Dirección Provincial del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la partida 01-01-01-01-96 Regularización Decreto N° 9316-G-19 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley 6149, ejercicio 2020.-
ARTÍCULO 5°.- Téngase por resuelto los Contratos de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y los agentes: GUILLERMO ANTONIO MIRALLES; MARGARITA ISABEL RODRIGUEZ y NESTOR SEBASTIAN FLORES.‑
ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 7°.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio e Gobierno y Justicia.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR