BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 25/01/21
DECRETO Nº 1282-S/2020.-
EXPTE Nº 715-2482/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020 – Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-01 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
A 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designado interinamente al Dr. Mauricio Alejandro Villarreal, CUIL 20-27882808-6, en el cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, pare cumplir funciones de médico en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno infantil “Dr. Rector Quintana”, a partir del 06 de marzo de 2019 y hasta tanto se realice el concurso respectivo.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recuses, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2020
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Elector Quintana”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 5°.- Previa torna de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR