BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/01/21

ADDENDA AL CONTRATO DE UNIÓN TRANSITORIA: INGENIERO PEDRO MARIO CAMPOS S.R.L. -COPECSA S.R.L. (U.T.).- A.-) PARTES y PERSONERÍAS. Entre la empresa Ingeniero Pedro Mario Campos S.R.L. CUIT 30-57231121-6, con domicilio en calle Espinosa N.º 622 Barrio Ciudad de Nieva, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada en este acto por su socio gerente: Pedro Mario Campos (h), D.N.I. N° 23.316.143, invocando mediante constancia de inscripción en el Registro Público de comercio bajo Folio 24-Asiento 23- Libro de fecha de 10 de agosto de 2005 acredita el carácter de socio gerente mediante Acta de Reunión de Socios Nº 6 de fecha 5 de julio de 2006 y COPECSA S.R.L. CUIT 30-71587335-0, con domicilio en Belisario Roldan No 317 del Barrio Los Perales, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, representada por sus socios: Pedro Mario Campos D.N.I. Nº 23.316.143 y Eleonor Bellmann, D.N.I. N° 23.946.068, invocando mediante constancia de inscripción en el Registro Público de comercio bajo Folio 134-Acta 134- Libro VI de S.R.L. de fecha de 28 de marzo de 2018 por la otra parte, en adelante denominados en particular Pedro Campos y Copecsa respectivamente y en general o colectivamente llamados participes celebran esta Addenda al contrato de colaboración empresarial, del tipo UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, sujeto a las siguientes declaraciones y estipulaciones (Cláusulas): PRIMERA -IOBJETO. Esta Unión Transitoria (U.T.) tendrá como objeto la construcción de Viviendas e Infraestructura, en el marco del Plan Provincial de Viviendas 2018 para la LICITACIÓN PUBLICA N° 19-IVUJ-2018 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: 50 VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA EN ALTO COMEDERO (150 HAS.)- DPTO. DR. MANUEL BELGRANO: PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS 2018.- y las obras correspondientes a la Licitación Pública Nacional N° 01/2020 de las obras: ESCUELA SECUNDARIA RURAL N° 1, No 2 y Nº 3 DE QUEBRALEÑA, AGUA DE CASTILLA, CANGREJILLO, COLEGIO SECUNDARIO N° 55 ORATORIO, ESCUELA SECUNDARIA RURAL N° 3, RACHAITE, 1) COLEGIO SECUNDARIO N° 55 en la localidad de Oratorio, Departamento Santa Catalina; 2) Escuela Secundaria Rural N° 3 en la localidad de Cangrejillos, Departamento Yavi, la ESCUELA SECUNDARIA RURAL Nº 2 en la localidad de Agua de Castilla, Departamento Cochinoca; 4) Escuela Secundaria Rural Nº 3 en la localidad de Rachaite, Departamento Cochinoca; 5) Escuela Secundaria Rural Nº 1, en la localidad de Quebraleña, Departamento Cochinoca, correspondientes al Ministerio de Educación en el marco del Programa de Infraestructura Educativa Financiada por el C.A.F. En prueba de conformidad entre las partes, de las cláusulas que anteceden, y para su fiel cumplimiento, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto, en ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 21 días del mes de diciembre del año 2.020.- ACT. NOT. B-00596604-ESC. GRACIELA VICTORIA OSKANIAN, ADS. REG. N° 56- SAN SALVADOR DE JUJUY.-

 

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Feria Judicial 2021. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia por un día. San Salvador de Jujuy, 12 de Enero de 2021.-

Dra. María Fabiana Otaola

Secretaria

18 ENE. LIQ. N° 22444    $1521,00.