BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/01/21
EXPTE Nº 500-277-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébase el CONVENIO de fecha 16 de julio de 2020 suscripto entre la PROVINCIA DE JUJUY y el FONDO FIDUCIARIO para el DESARROLLO PROVINCIAL que como Anexo integra el presente.-
ARTICULO 2°.- Dese cuenta a la Legislatura de la Provincia.-
ARTICULO 3°.- Regístrese.- previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión.- Cumplido, siga sucesivamente a la Oficina de Crédito Público, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR