BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 18/01/21
EXPTE Nº 718-344/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020 – Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-06 Hospital “Nuestra Sra. del Carmen”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
B-5 (i-1) 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4413
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
B-1 (i-1) 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4413
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designada interinamente a la Sra. Eugenia Verónica de Jesús Giménez, CUIL 27-23946804-2, en el cargo Categoría B-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413, para cumplir funciones de Educadora Sanitaria en la U. de O.: R6-01-06 Hospital “Nuestra Señora del Carmen”, a partir del 22 de noviembre de 2017 y hasta tanto concluya el llamado a concurso para la cobertura del mismo.‑
ARTICULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley 6149, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2020
La partida de Gasto en Personal asignada. a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-06 Hospital “Nuestra Señora del Carmen”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Periodo no Consolidado:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariarnente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal: Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR