BOLETÍN OFICIAL Nº 152 – 30/12/20

DECRETO Nº 2040-G/2020.-

EXPTE. Nº 0200-863-2017.-

Y AGREG. 0415-010-16, 300-690-17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Hacer lugar al Recurso Jerárquico interpuesto en autos por el Dr. EDUAR­DO GABRIEL INSAUSTI, quien actuara en nombre y representación del señor ARON DIEGO PEREIRA, DNI N° 23.072.142, en contra de la Resolución N° 311-FE-17 dictada por Fiscalía de Estado, a tenor de lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Concordante con lo dispuesto por el Artículo 1°, déjase sin efecto la Resolución N° 311-FE-, de fecha 14 de Noviembre de 2017 dictada por Fiscalía de Estado.-

ARTICULO 3°.- Autorizase la escrituración, a favor del señor ARON DIEGO PEREIRA, DNI N° 23.072.142, del inmueble individualizado como Circunscripción 1, Sección 5, Parcela 1001, Padrón F-5370, Matrícula F-4772, registrado a nombre del Estado Provin­cial y ubicado en el paraje Finca Agua Hedionda del Departamento Santa Bárbara, con una superficie de 7.114Has. 7.282,19m2.-

ARTICULO 4°.- La escrituración del inmueble se efectuará por Escribano Público particular, con visado previo de Escribanía de Gobierno. Los gastos de honorarios, tasas, sellado y escrituración serán a cargo del Sr. ARON DIEGO PEREIRA, DNI N°23.072.142.-

ARTICULO 5°.- Por Secretaría General de la Gobernación notifíquese al recurrente de los términos del presente ordenamiento.-

ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a conocimiento e intervención de la Dirección General de Inmuebles. Fecho, pase a Escribanía de Gobierno a sus demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR