BOLETÍN OFICIAL Nº 152 – 30/12/20
EXPTE. Nº 200-462/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 NOV. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- A los efectos de la implementación y cumplimiento de la Ley Nº 6147, designase como Autoridad de Aplicación al MINISTERIO DE SEGURIDAD, a tenor de lo expresado de lo exordio. A tale fines, queda facultado para el dictado de las normas y/o directivas que resulten pertinentes.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y justicia y de Seguridad.-
ARTICULO 3°.-Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, gírese al Ministerio de Seguridad para conocimiento y demás trámite que corresponda.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR