BOLETÍN OFICIAL Nº 152 – 30/12/20
EXPTE. Nº 0300-318-2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SET. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la ASOCIACION CIVIL DE FOMENTO SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO VECINAL con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y seis (36) Artículos, que como Escritura Pública N° 338/19 del Registro Notarial N° 3 de la Provincia de Jujuy, corre agregado en fs. 14 a 22vta. de autos.-
ARTICULO 2°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR