BOLETÍN OFICIAL Nº 152 – 30/12/20

Adenda Al Instrumento Constitutivo: SANTA MARTA S.A.S.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia Jujuy, República Argentina, a los 19 días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, comparece el Sr. CARLOS EZEQUIEL ALVA, de nacionalidad argentino, DNI N° 27.575.751, CUIT N° 23-27575751/9, nacido el 12/09/1979, empresario, soltero,  con domicilio en Portugal 594, San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, quien conviene celebrar la presente Adenda al Instrumento Constitutivo de la Sociedad SANTA MARTA S.A.S. conforme las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA: Antecedentes.- 1.1.- En fecha 26/04/2019 las partes firmaron un Instrumento Constitutivo de Sociedad Anónima Simplificada constituyendo la Sociedad Santa Marta S.A.S. con un capital social de cincuenta mil pesos ($50.000), dividido en cincuenta (50) acciones ordinarias escriturales de mil pesos ($1.000), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.- 1.2.- La sociedad SANTA MARTA S.A.S. tenía como objeto las siguientes actividades: Forestales, Ganaderas  e Industriales y de comercialización.- SEGUNDA: Rectificación de Datos.- Que por un error involuntario, en el encabezamiento del  Instrumento Constitutivo de Sociedad Anónima Simplificada de fecha 26/04/2019 se detallaron erróneamente los números de DNI y CUIT del Sr. Carlos Ezequiel Alva, por lo que se decide rectificar el error, consignando que el DNI del Sr. Carlos Ezequiel Alva es 27.575.751, y que su CUIT es 23-27575751/9.- TERCERA: Nuevo Capital.- 3.1.- Para poder cumplimentar debidamente el objeto social se ha decido aumentar el capital de la sociedad en la suma de cincuenta  mil pesos ($50.000) hasta contar con un capital social total de cien mil pesos ($100.000).- 3.2.- Los cincuenta mil pesos ($50.000) iniciales se integraron conforme a lo establecido en el Instrumento Constitutivo y por este acto se adicional cincuenta mil pesos más ($50.000) equivalentes a cincuenta (50) nuevas acciones ordinarias escriturales de mil pesos  ($1.000), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.- 3.3.- El nuevo capital en su totalidad es suscripto en efectivo por el socio CARLOS EZEQUIEL ALVA. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de la presente adenda.- 3.4.- El capital social total asciende a cien mil pesos ($100.000) que se divide en cien (100) acciones ordinarias escriturales de mil pesos  ($ 1.000), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción corresponden en su totalidad al socio CARLOS EZEQUIEL ALVA.- CUARTA: Nuevo Objeto Social.- Se establece que a los fines de un mejor funcionamiento de la sociedad, el nuevo objeto social quedará redactado de la manera siguiente: “OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con la Actividad Forestal, lo que incluye actividades de extracción de madera y productos forestales, restauración forestal, plantación, enriquecimiento y cambio de uso de suelo.- La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público”.- QUINTA: Conformidad del Administrador Suplente a todos los efectos, el Sr. Administrador suplente JORGE OMAR FLORES, de nacionalidad argentina, DNI N° 8.554.133, CUIT N° 20-08554133-2, viudo, nacido el 16/01/1951, comerciante, con domicilio en calle Senador Pérez N° 356- 6° Piso “B” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, presta conformidad a la presente adenda suscribiendo debidamente la misma.- SEXTA: Autorización.- Las partes autorizan por la presente a los Dres. Agustina Infante y Jorge Andrés Flores a fin de que gestionen y soliciten la inscripción de esta adenda y del instrumento constitutivo ante el Registro Público de  Comercio y que realicen todas las gestiones necesarias ante los demás organismos del Estado (incluyendo Dirección Provincial de Rentas y AFIP).- Del presente se firman cuatro ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha de su otorgamiento.- Jorge Omar Flores- DNI N° 8.554.133.- Carlos Ezequiel Alva- DNI N° 27.575.751.- ESC. CLAUDIA VIVIANA YURQUINA- TIT. REG. N° 86- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 23 de Diciembre de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

30 DIC. LIQ. Nº 22380 $390,00.-