BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 16/12/20

Ref. Expte C-140404/2019 caratulado: “Ejecución de Honorarios: MARTINEZ, MARIANA LORENA c/ MENDOZA, ALFREDO FACUNDO”.- “San Salvador de Jujuy, 13 de Agosto de 2020.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve.- I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por LORENA MARIANA MARTINEZ en contra de ALFREDO FACUNDO MENDOZA hasta hacerse el efectivo integro pago de la suma de Pesos Once Mil Doscientos Cincuenta ($11.250,00), a dicha suma deberá aplicarse el interés correspondiente a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la mora de cada prestación y hasta la cancelación de la obligación reclamada.- II.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. LORENA MARIANA MARTINEZ en la suma de Pesos Tres Mil Trescientos Setenta y Cinco ($3.375,00), con más IVA si correspondiere, a los cuales se le aplicara el mismo interés que el fijado para el capital en caso de mora, desde la fecha de la presente, Art. 29, 35 y 44 de la ley 6112 t.o y conforme lo dispuesto por el S.T.J. en Expte. CA-15599/19, L.A. Nº 4, Reg. Nº 159. III.- Imponer las costas al demandado que resulta vencido en autos (art. 102 del C.P.C.).- IV.- La planilla de liquidación presentada por la promotora de autos, téngase presente para la etapa procesal oportuna.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado a fs. 04 punto IV y en consecuencia notifíquese la presente resolución en el domicilio real y en lo sucesivo las notificaciones posteriores deberán realizarse por Ministerio de ley, Art. 52 del C.P.C.- V.- Agregar copias en autos, hacer saber, notifíquese al demandado mediante la publicación de edictos.- Dra. Estrella Eliazarian- Juez – Ante Mí: Dra. Adriana Herrera- Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de Octubre de 2020.-

 

16 DIC. LIQ. Nº 22180 $267,00.-