BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 04/12/20

Modificación de la Constitución de “BERNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 05 días del mes de Noviembre de 2020, se reúnen los señores: NOELIA BERNO, argentina, nacida el 30/10/1980,  DNI N° 28.187.121, CUIL N° 27-28187121-3, de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con Gustavo Marcelo Camú, con domicilio real en calle El Viñedo s/n, B° El Cortijo de ésta ciudad; MARTIN BERNO, argentino, nacido el 25/08/1987, soltero, DNI N° 33.252.717,  CUIL N° 20-33252717-8, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Belgrano N° 789 de la Ciudad de El Carmen,  jurisdicción del Departamento de El Carmen de esta Provincia; y  DIEGO BERNO, argentino, nacido el 03/03/1983, soltero, DNI N° 29.741.168, CUIL N° 20-29741168-4,  de profesión comerciante, con domicilio real en calle Belgrano N° 706 de la ciudad de El Carmen, jurisdicción del Departamento de El Carmen de esta Provincia; quienes convienen en modificar las Cláusulas Segunda, Cuarta y Octava del Contrato Constitutivo de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “BERNO S.R.L.”, las que quedarán redactadas de la siguiente manera: SEGUNDA: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el País o en el Extranjero, las siguientes actividades: como actividad principal “Estación de Servicio de G.N.C.”, donde se producirá el expendio de Gas Natural Comprimido (G.N.C.), venta de lubricantes, aceites, líquidos refrigerantes, líquidos de freno, agua destilada, venta de insumos para la limpieza de los vehículos como ser pinos perfumados, renovador de caucho, shampoo para autos, esponjas, franelas, resaltadores, cera para autos, como así también la venta de todo tipo de bebidas sin alcohol, cigarrillos, golosinas,  hielo, etc.;  y como actividad anexa Corralón y Almacén  las que proveerán a la Estación de Servicio de GNC, de todos los insumos necesarios, detallados precedentemente.  A tales efectos la Sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, teniendo plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y este estatuto.- CUARTA: El Capital Social se establece, de común acuerdo entre las partes, en la suma de Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000) divididos en seis mil (6.000) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una y con derecho a un voto por cuota. Los socios suscriben el ciento por ciento del capital social, en partes iguales, esto es, 2.000 cuotas de Pesos Cien ($100) cada una, o sea la suma total de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000) cada uno de los socios. En este acto los socios integran el Veinticinco por Ciento (25%) del capital social en dinero efectivo, obligándose a integrar el saldo del Setenta y Cinco por Ciento (75%) también en dinero en efectivo, en un plazo de dos años. La sociedad podrá aumentar el capital, cuando el giro comercial lo requiera, mediante acuerdo unánime, oportunidad en que fijará el monto y plazo para su integración.- OCTAVA: Designación de Miembros del Órgano de Administración: Se designa Gerentes por el plazo de vigencia de la sociedad, a: Noelia Berno DNI N° 28.187.121, Martín Berno DNI N° 33.252.717 y Diego Berno DNI N° 29.741.168, quienes aceptan el cargo que les ha sido conferido, constituyendo domicilio especial en la sede social.- Declaración Jurada: Los Gerentes designados precedentemente, declaran bajo juramento que los mismos no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de las prohibiciones o incompatibilidades previstas en los arts. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.- De la presente modificación del contrato constitutivo de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “Berno S.R.L.”, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en resguardo de los derechos de las partes, en el lugar y fecha consignado en el encabezamiento de éste instrumento.- ACT. NOT. N° B 00587427, ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA, TIT. REG. N° 32- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 01 de Diciembre de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

04 DIC. LIQ. Nº 22120 $390,00.-