BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 02/12/20
Cámara en lo Civil y Comercial Sala II, Voc. 5 en el Expte. C-164071/2020, Caratulado: “PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE INMUEBLES: SARAVIA ENRIQUE Y OTROS c/ DINARCO SA y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS”, se ha dictado el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 14 de Septiembre de 2020.- I- Proveyendo a la presentación de fs. 12/15: Téngase por presentada a la Dra. María Eugenia Nally en nombre y representación de ENRIQUE SARAVIA; CRISTINA ANTONIETA SARAVIA y JACOBA MATORRAS a mérito de la copia juramentada de Poder para Juicios obrante a fs. 02 de autos, por parte y por constituido domicilio legal.- II- Previo a correr Traslado de la presente demanda, dése cumplimiento con lo que se dispone a continuación.- III- Cítase al ESTADO PROVINCIAL y la MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos, pidan participación como demandado, dentro del término de Quince Días, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos.- IV- Asimismo, cítase al colindante del inmueble Luis Barreo, para que tome conocimiento del presente juicio y si considera afectado sus derechos pida participación como demandado dentro del término de Quince Días, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos.- V- Cítase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón A-4038, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana, Parcela 380a, ubicado en Alto La Viña o Bella Vista o Higuerillas, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, de ésta Provincia de Jujuy, cuyo titularidad registral se encuentra a nombre de Titular Fiduciario DINARCO S.A., a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de Quince Días, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia, no afecta sus derechos.- VI- Asimismo, ordénase la exhibición de los Edictos ordenados precedentemente en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C..- VII- Intímese a la parte actora a colocar el Cartel Indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de quince días.- VIII-…IX.- Proveyendo a la presentación de fs. 21: Téngase presente los aportes de ley presentados por la Dra. María Eugenia Nally.- X.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Prosecretaria.-
02 DIC. LIQ. Nº 22073 $267,00.-