BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 02/12/20
EXPTE. N° 246-125/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Promuévase al personal perteneciente a la Planta Permanente de la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL que revista en el Escalafón Profesional de la Ley N° 4413 y 4418, en las categorías que seguidamente se indican:
APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE CATEGORIA A CATEGORIA
ARCE, María Carolina 27-24172503-6 A-1 A-2
BLASCO, María Susana 27-16971445-8 A-1 A-2
CAZON, Liliana Elizabet 27-22537846-6 A-1 A-2
CORALI, Ángel Mario 20-14022480-5 A-3 A-4
FIAD, María Valeria 27-25954720-8 A-1 A-2
MONTERO, Fabiana Ángela 23-216656633-4 A B
PANIRE, Cecilia Beatriz 27-16886919-9 A-3 A-4
VAZQUEZ, María Fernanda 27-28250454-0 A-1 A-2
ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto, se atenderá con las siguientes partidas:
Para el Ejercicio 2018, el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6046, prevé la partida de Gastos en Personal de la Unidad de Organización 1-H Dirección Provincial de Personal, correspondiente a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas.
En caso de que en el Ejercicio 2015, 2016 y 2017 no haya sido liquidada y abonada la adecuación que se trata, según Decreto N° 7925-H-2015, la misma se atenderá con la siguiente partida del Presupuesto General vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES (Periodo no consolidado) Se imputaran a la Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Publica, las erogaciones emergentes del presente Decreto que corresponden a ejercicios anteriores.-
ARTICULO 3°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de créditos presupuestarios que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Las disposiciones del presente rigen a partir del 01 de junio de 2015.- ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Oficina de Crédito Publico, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia Dirección Provincial de Personal, y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR