BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 30/11/20

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-055113/15, Ejecutivo: “CREDINEA S.A. c/ RODRIGUEZ NOEMI SILVIA”, se hace saber a la demandada Sra. NOEMI SILVIA RODRIGUEZ, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 06 de Marzo de 2019.- I.- Providencia: Proveyendo la presentación de fs. 67: Atento lo manifestado y constancia en autos, notifíquese la providencia de fojas 19 a la demandada Sra. NOEMÍ SILVIA RODRIGUEZ, mediante Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria.- Providencia de Fojas 19:…líbrese en contra de la demandada NOEMI SILVIA RODRIGUEZ, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos Dos Mil Doscientos Setenta y Ocho con 90/100 ($2.278,90) en concepto de capital con más la suma de pesos: Seiscientos Ochenta y Tres con 67/100 ($683,67) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de cinco días, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 52 del ítem).- Notifíquese y expídase mandamiento.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mi: Esc. Nadia Torfe, Prosecretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2020.-

 

30 NOV. 02/04 DIC. LIQ. Nº 21903 $801,00.-