BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 30/11/20
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte Nº B-288.171/13 caratulado: “Ejecutivo: CARSA S.A. c/ SERGIO BENICIO”, se hace saber al demandado SR. SERGIO BENICIO la siguiente Sentencia: “San Salvador de Jujuy, 09 de abril de 2019.- Autos y Vistos: Considerando: Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial, nombre y representación de SERGIO BENICIO, por constituido domicilio legal y parte, a mérito de la designación efectuada a fojas 90.- II.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A. en contra de BENICIO, SERGIO, D.N.I. Nº 20.291.479, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Sesenta y Dos con Sesenta y Cuatro centavos ($2.362,64.-), con más el interés a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, desde la mora (10/10/2011) y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora y hasta su efectivo pago.- III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- IV.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Lucia Di Pasquo, por la etapa cumplida, monto ejecutado y resultado obtenido, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nº 6112 de Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores de la Pcia. de Jujuy, en la suma de Pesos: Setecientos Cincuenta ($750.-), suma que solo en caso de mora llevar intereses conforme tasa Activa (CRF. S.T.J. L.A. Nº 54 Nº 235 inre “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y Otros.”), con mas I.V.A. si correspondiere.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P., al demandado mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial.- VII.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VIII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaría Nº 14: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria por Habilitación.- San Salvador de Jujuy, 09 de Abril de 2019.-
25/27/30 NOV. LIQ. N° 21881 $801,00.-