BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 18/11/20
EXPTE. N° 200-67/2019 c/agdos. N° 1402-25/2017, 1400-97/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rechazase el Reclamo Administrativo Previo interpuesto por el Dr. Viviani Álvaro Rodrigo, abogado en representación legal de la Asociación Bomberos Voluntarios de El Carmen, por las consideraciones expuestas en el exordio. –
ARTICULO 2°.- Déjese establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su artículo 33°, impone a los funcionarios públicos.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese al interesado con sujeción al procedimiento marcado por capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N°1886/48.-
ARTICULO 4°.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR