BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 18/11/20
EXPTE. N° 1050-728/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 ENE. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase a partir de la fecha del presente Decreto, el (sesenta por ciento) 60% de Bonificación por Ubicación a la Escuela N° 377 “El Porvenir” de la Localidad de Tumbaya Grande- Departamento Tumbaya- Provincia de Jujuy, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Dispónese que la erogación, que demande el cumplimiento del presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos.-
Jurisdicción | F | MINISTERIO DE EDUCACION |
U. de O. | F-4F | DIRECCION DE EDUCACION PRIMARIA |
Finalidad | 5 | CULTURA Y EDUCACION |
Función | 2 | EDUCACION ELEMENTAL |
Partida | 1-1-1-1-2-76 | Bonificación por Ubicación |
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, pase sucesivamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para su conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR