BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 09/11/20

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-097.803/17, caratulado: “Prepara Vía-Ejecutiva: BARBARICH, MARIA FLORENCIA c/ ANDREANI, SERGIO DANIEL; NASIF, MARIO RICARDO”, se hace saber al demandado Sr. ANDREANI SERGIO DANIEL las siguientes Providencias: “San Salvador de Jujuy, 29 de Agosto de 2019.- Proveyendo las presentación de fojas 74: I.-  constancias de autos (fojas 56/61), a lo solicitado en el punto 1.-, no ha lugar. En consecuencia, notifíquese la providencia de fojas 15, al demandado Mario Ricardo Nasif habilitándose días y horas inhábiles para su cumplimiento, atento lo manifestado por la Policía de la Provincia de Jujuy (fojas 60).- II.- Atento constancias de fojas 57, notifíquese la providencia de fojas 35, al demandado Andreani, Sergio Daniel mediante Edictos. (Art. 162 del C.P.C.).- III.- Notifíquese por cédula y expídase Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación”.- Providencia de fojas 15: “: “San Salvador de Jujuy, 18 de Setiembre de 2017.- Proveyendo  el escrito de fojas 14: I.- Téngase por cumplido lo dispuesto a fojas 13. II.- En consecuencia, atento a la demanda ejecutiva con Preparación de Vía y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 473 inc. 2 del C.P.C., citase a los Sres. SERGIO DANIEL ANDREANI y MARIO RICARDO NASIF, en los domicilios denunciados, para que comparezcan ante este Juzgado y Secretaria 14, Edificio de Tribunales de calle Independencia esq. Lamadrid, dentro de los cinco días, de notificados, a fin de que manifiesten si son o fueron locatarios en caso afirmativo exhiban el último recibo de pago, indiquen el precio convenido y expresen la fecha de desocupación, bajo apercibimiento de lo prescripto por el Art. 475 del C.P.C.- III.- Notifíquese por cédula.-  Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria Nº 14: Dra. Sandra Mónica Torres- Secretaria por Habilitación.- San Salvador de Jujuy, 30 de Agosto de 2019.-

 

09/11/13 NOV. LIQ. N° 21693 $801,00.-