BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 09/11/20

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ABRA PAMPA.-

ORDENANZA N° 12-CD-020.-

VISTO:

EL CONVENIO suscripto entre el ENOHSA y la Municipalidad de Abra Pampa cuyo objeto es brindar la asistencia financiera, por parte de “EL ENOHSA”, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación y “LA MUNICIPALIDAD DE ABRA PAMPA” para la ejecución de LA OBRA “RED DE CLOACAS Y COLECTOR EN ABRA PAMPA.-

Que la Unidad Coordinadora dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha verificado la documentación correspondiente al proyecto de “LA OBRA”, considerando la viabilidad del mismo sin expresar objeciones.-

La necesidad de legislar en agilizar los plazos ejecutivos materia de contrataciones de la Obra Pública local con un financiamiento fijado al mes de marzo de 2020, se hace necesario dictar el instrumento que permita contratar una empresa privada que está en condiciones de ejecutar la obra, reuniendo los requisitos que se detallan en los pliegos licitatorios que forman parte de la presente Ordenanza Municipal.-

Que, dada la autonomía Municipal, está dentro de las facultades del Concejo Deliberante aprobar los instrumentos necesarios que permitan un proceso de selección transparente y justo en relación al proceso selectivo de la empresa que materializar para  el proyecto aprobado.-

La necesidad de proseguir con el trámite que solicita el mencionado programa nacional a fin de dar inicio  a la ejecución de las obras mencionadas; y

CONSIDERANDO:

Que, a los fines de proseguir con el trámite de rigor y atento a la autorización para el llamado a licitación  privada,  se debe dictar el instrumento que permita el llamado a licitación  para la  ejecución de la  OBRA “RED DE CLOACAS Y COLECTOR EN ABRA PAMPA- DEPARTAMENTO COCHINOCA- JUJUY-, en  un todo de acuerdo al proyecto técnico particular que dispone de Factibilidad otorgada por Agua Potable Jujuy S.E. y el ENOHSA.-

Que, atento a la autorización otorgada por el ENHOSA para convocar a una compulsa de precios para las mencionadas obras y autorización del Concejo Deliberante, es necesario disponer del mismo modo el procedimiento administrativo que permita comparar ofertas de empresas del medio y buscar la oferta “más conveniente” para el Municipio de Abra Pampa dentro de las pautas del Convenio de asistencia Financiera del ENOHSA.-

Que, son facultades otorgadas por autorización del Concejo Deliberante Municipal y la Ley Orgánica de los Municipio en materia de  contrataciones de obra pública.-

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de los Municipios 4466/89.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ABRA PAMPA SANCIONA

LA ORDENANZA N° 12-CD-020

ARTÍCULO 1°: Apruébese el Proyecto Técnico elaborado por la Municipalidad de Abra Pampa y presentado ante el ENOHSA dentro del Plan “Argentina Hace” ya que mediante Resolución 2020-12-APN-MOP de fecha 09 de Marzo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS instituyó el PLAN “ARGENTINA HACE“ el cual tiene entre sus objetivos promover la reactivación de las economías locales, del sector de la construcción, generación de mano de obra intensiva y la consolidación local y regional, mediante la realización de obras de infraestructura social básica de ejecución rápida en todo el territorio nacional en el marco de la obra pública.-

ARTÍCULO 2°: Apruébese el Convenio Específico suscripto entre el ENOHSA y la Municipalidad de Abra Pampa para el financiamiento y la construcción de la obra “RED DE CLOACAS Y COLECTOR EN ABRA PAMPA- DEPARTAMENTO COCHINOCA- JUJUY” por la suma de pesos Cincuenta y Dos Millones Trescientos Ochenta y un Mil Novecientos Cinco con Cuarenta y Nueve centavos ($52.381.905,49), cuya copia figura como Anexo I de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal al llamado a Licitación Privada  Nº 01/2020 para la provisión de materiales, mano de obra y equipos necesarios para ejecutar la obra “RED DE CLOACAS Y COLECTOR EN ABRA PAMPA- DEPARTAMENTO COCHINOCA- JUJUY”, en  un todo de acuerdo al proyecto técnico particular y que se adjunta al presente instrumento por cuerda separada  con presupuesto oficial tope de $ 52.381.905,49 y plazo de ejecución de seis (6) meses contados desde la suscripción del Acta de Inicio de los Trabajos.

ARTÍCULO 4°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a elaborar los pliegos del llamado a Licitación Privada Nº 01/2020 y que son los siguientes pliegos:

a) Pliego de Bases y Condiciones Generales de Contratación. (Se describen las condiciones generales de contratación para los invitados a participar de las licitaciones).-

b) Pliego de Bases y Condiciones Particulares de Contratación. Se describen las condiciones particulares en arreglo a los convenios aprobados por el ENOHSA y que condicionan la presente contratación.-

c) Pliego de Cláusulas Particulares Complementarias. Describe cláusulas de apertura y marco referencial de ejecución de las obras.-

d) Pliego de Especificaciones Técnicas Generales. (Es el Pliego General para obras por contrato de la empresa Agua Potable Jujuy S.E. vigente).-

e) Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares. (Adjuntas en el proyecto técnico aprobado por el ENOHSA para ser ejecutado).-

ARTÍCULO 5°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar fecha y hora de llamado y apertura de los sobres de la Licitación Privada autorizada en el Artículo 3RO.- de la presente Ordenanza y a suscribir el Contrato de Obra Pública a la oferta que resultare la “más conveniente “al Municipio de Abra Pampa dentro de los lineamientos establecidos en los pliegos del llamado a Licitación Privada.-

ARTÍCULO 6°: De forma.-

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Abra Pampa a los Veintinueve Días del Mes de Octubre de Dos Mil Veinte.-

 

Juan Carlos Aparicio

Presidente

 

 

Publicar la Ordenanza Nº 012/2020 de Autorización ha llamado a Licitación Privadaa Nº 01/2020 para la ejecución de la Obra “Red de Cloacas y colector en Abra Pampa- Depto Cochinoca – Provincia de Jujuy” sancionada por el Cuerpo Deliberante en fecha 29 de octubre de 2020.-

 

Ariel Adolfo Machaca

Intendente