BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 04/11/20

Dr. Ricardo Rubén Chazarreta- Vocal del Tribunal del Trabajo Sala I Vocalía 2 de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. PAULINA HUERTAS DNI N° 14.891.240, que en el Expte. N° C-132760/19 caratulado: Despido: SANABRIA ARNALDO RODRIGO c/ HUERTAS PAULINA, se han dictado las siguientes providencias: Providencia de fs. 40: “San Salvador de Jujuy, 5 de Junio de 2019.- Téngase por presentado al Dr. Diego Eduardo Chacon, por constituido domicilio legal, por parte, a mérito de carta poder que acompaña en autos, en representación del Sr. ARNALDO RODRIGO SANABRIA.- De la demanda interpuesta, córrase traslado a la demandada PAULINA HUERTAS, en el domicilio denunciado en autos, a quien se la emplaza para que comparezca ante éste Tribunal a contestarla dentro del plazos de quince días con mas tres días en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada si así no lo hiciere (Art. 51 CPT).- Asimismo, intímese a la demandada para que en igual término constituya domicilio legal dentro de los tres kilómetros del asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificársele las resoluciones por Ministerio de Ley (Art. 22 del CPT y Art. 52 del CPC).- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves ó el subsiguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese por cedula y mediante oficio de la Policía de la Provincia”.- Fdo. Dr. Ricardo R. Chazarreta- Juez del Tribunal del Trabajo- Ante Mi Dra. Cecilia M. Macedo- Prosecretaria.- Providencia de Fs. 58: “San Salvador de Jujuy, 02 de Diciembre de 2019.- Proveyendo la presentación de fs. 57, téngase por contestada la demanda en los términos del Art. 51 del C.P.T. a la Sra. PAULINA HUERTAS.- Asimismo, desígnese en representación de la demandada al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda (Art. 196 del C.P.C.).- Notifíquese por cédula”.- Fdo: Dr. Ricardo R. Chazarreta- Juez del Tribunal del Trabajo- Ante Mi: Dra. Cecilia M. Macedo- Prosecretaria.-Providencia de fs. 63: “San Salvador de Jujuy, 04 de Febrero de 2020.Proveyendo la presentación que antecede, téngase por presentada a la Dra. Graciela Liliana Arach, Defensora Oficial Subrogante del Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, en nombre y representación de la demandada Sra. Paulina Huertas, conforme lo dispuesto a fs. 58.- Atento las constancias y el estado de la causa, llámase Autos para Sentencia.- Notifíquese por cédula”.- Fdo: Dr. Ricardo R. Chazarreta- Vocal Presidente de Tramite- ante mi: Dra. Cecilia M. Macedo- Prosecretaria.- Resolución de fs. 69/70: “San Salvador de Jujuy, Mayo 29 del 2020.- Autos y Vistos: Los de este Expte. C-132760/19, caratulado: “Despido: SANABRIA, ARNALDO RODRIGO c. HUERTAS PAULINA”, y; Considerando:… Que por lo expuesto, la Sala I del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy en su actual integración; Resuelve: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. ARNALDO RODRIGO SANABRIA en contra de la Sra. PAULINA HUERTAS a quien se condena a abonar la suma de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil Doscientos Sesenta y Nueve con Diecisiete Centavos ($ 169.269,17) en concepto de indemnización por despido, preaviso, integración S.A.C. s/preaviso y sobre integración, S.A.C. proporcional, haberes, vacaciones no gozadas, todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos, rechazándose el rubro diferencias de haberes. Costas a la parte demandada vencida.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Diego Eduardo Chacón en la suma de Pesos Treinta y Tres Mil Ochocientos Sesenta ($33.860.-), debiendo añadirse IVA de corresponder.- III.- Liquidar por Secretaría tasa de justicia y contribución de CAPSAP.- IV.- Agregar copia en autos, hacer saber, registrar”.- Fdo, Dr. Ricardo R. Chazarreta- Vocal Presidente de Tramite- Dr. Alejandro Hugo Domínguez- Vocal- ante mi Dra. Cecilia M. Macedo-Prosecretaria.- Providencia de fs. 75: “San Salvador de Jujuy, 4 de Septiembre de 2020.-… Proveyendo la presentación de fs. 74, atento el estado de autos, previo a proveer lo solicitado, intimase a la parte demandada Sra. PAULINA HUERTAS a que en el término de cinco días, deposite en autos la suma de Pesos Doscientos Siete Mil Veintidós con Treinta y Cinco Centavos ($207.022,35), en concepto de CAPITAL, HONORARIOS, FISCO y CAPSAP, bajo apercibimiento de proceder a la subasta del bien inmueble de su propiedad embargado en la presente causa.- Notifíquese por cédula”.- Dr. Ricardo R. Chazarreta- Vocal Presidente de Tramite- Ante Mi: Dra. Cecilia M. Macedo- Prosecretaria.- Providencia de fs. 90: San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2020.- Atento el estado de la causa, y a fin de evitar nulidades, previo a todo tramite, notifíquese a la demandada Sra. Paulina Huertas, las providencias y revolución de fs. 40, 58, 63, 69/70  y 75 por edictos a publicarse por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local (Art. 162 del CPC) debiendo la parte actora diligenciar los mismos.- Notifíquese por cedula”.- Fdo. Dr. Ricardo R. Chazarreta- Juez del Tribunal del Trabajo- Ante Mi Dra. Emilia Iriarte- Prosecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2020.-

 

04/06/09 NOV. LIQ. Nº 21641-21643-21645 $801,00.-