BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 04/11/20

DECRETO Nº 1690-ISPTyV/2020.-

EXPTE Nº 246-69/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 OCT. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “6 – Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda”, dependiente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, como se detalla a continuación:

CREÁSE:

PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – Ley N° 4413

CARGO                       CATEGORÍA

1                                                    A-1

ARTICULO 2°.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización “6” Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda al señor GOMEZ, Fernando Gabriel, CUIL N° 20-26793831-9, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3°.- Lo dispuesto, en, este presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal” asignadas á la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, U. de O. “6” Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. referida, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-96 Regularización Decreto N° 9316-G-2019 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6149 – Ejercicio 2020.‑

ARTICULO 4°.- A partir de la fecha del presente Decreto queda resuelto el Contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el señor GOMEZ, Femando Gabriel.-

ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda; y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR