BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20

Adenda Rectificativa de Contrato Constitutivo de DEZENOVE S.A.S.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 22 días del mes de Septiembre de 2020, se hace presente el Sr. ADRIÁN GUSTAVO AIMI, DNI 26182405, CUIL 20-26182405-2, de 43 años de edad, nacido el 02 de Septiembre de 1977, de profesión comerciante, y la Sra. ANA BELEN GARCIA GOYENA, DNI 26232819, CUIL 27-26232819-3, de 42 años de edad, nacida el día 25 de Noviembre de 1977, de profesión docente; ambos cónyuges entre sí, y con domicilio real en calle Coronel Arias 1025, del B° Ciudad de Nieva, Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy; se citan a los efectos de rectificar el contrato constitutivo de DEZENOVE S.A.S., celebrado el día 20 de Agosto de 2020, como consecuencia de las observaciones realizadas por el Registro Público – Juzgado Civil y Comercial N° 3 en expediente N° C-164100/20, Caratulado: “DEZENOVE S.A.S. S/INSCRIPCIÓN-CONSTITUCION DE SOCIEDAD”. Por tal motivo, se rectifican los siguientes actos: 1ro.OBJETO SOCIAL- PRIMERO: Antecedentes – en virtud de lo determinado por el Punto 6 de la providencia de fecha 18 de Septiembre de 2020, del expediente N° C-164100/20, CARATULADO: “DEZENOVE S.A.S. S/INSCRIPCIÓN-CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD”, donde se solicita establecer el objeto de la sociedad de manera precisa y determinada, es que decidimos rectificar el mismo.- SEGUNDO: Por todo ello, se modifica la cláusula cuarta del contrato constitutivo, referente al OBJETO SOCIAL, quedando redactado de la siguiente manera: Objeto Social: La Sociedad tendrá por Objeto Social realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país y/o en el extranjero, las siguientes actividades: A)  COMERCIALIZACIÓN: comercialización de muebles para oficina de todo tipo y su instalación, cajones fúnebres, materiales para la construcción, colchones y somieres, productos cosméticos, perfumes, prendas y accesorios de vestir, productos alimenticios, comestibles y bebidas, artículos de librería, artículos de limpieza y toda otra mercancía siendo la presente enumeración meramente ejemplificativa y no limitativa, pudiendo en consecuencia la Sociedad dedicarse a la comercialización, venta mayorista o minorista, importación, exportación, distribución, de todo tipo de muebles, nuevos o usados.- Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.- 2.- Que, todas las demás cláusulas del mencionado Contrato Social, quedan sin modificación alguna en cuanto a su contenido y extensión; ratificando por este mismo acto la plena vigencia de los mismos.- En prueba de conformidad, a los Veintidós días del mes de Septiembre de 2020, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, se firma un ejemplares de un mismo tenor y al solo efecto.- ACT. NOT. N° B 00571158, ESC. MONICA ELIDA CASTILLO-TIT. REG. N° 94- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 37 de la Ley 27349.-

San Salvador de Jujuy, 19 de Octubre de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

28 OCT. LIQ. Nº 21536 $390,00.-