BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20

La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-140.447/19 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmueble: CARRAZANA, LUISA EMETERIA Y GOMEZ, JUAN DOMINGO c/ SUCESIÓN DE BARAZZUOL, VIRGINIO”, notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, ubicado en calle Santa Cruz nº 927, Barrio La Virginia, Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, individualizado como Matrícula B-7140, Manzana 29, Parcela 5, Padrón B-7335, Circunscripción 3, Sección 1, y que tiene las siguientes características: 10.00 m. de frente igual contrafrente, por 20.41 m en ambos costados; y limita al Este con calle Santa Cruz, al Sud con Parcela 6, Padrón B-7336, al Oeste con Parcela 8, Padrón B-7338 y al Norte con Parcela 4, Padrón B-7334, encerrando una superficie de 204.10 m2.; de la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 19 de agosto de 2020.- 1. Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado a fs. 68 por la prescribiente y en razón de las incomparecencias, hácese efectivo el apercibimiento con el que fuera emplazado los colindantes DANIEL VICTOR COLPARI, OLGA GISELA COLPARI, MATÍAS FACUNDO SEBASTIÁN COLPARI, LUCIO BENJAMIN COLPARI, OLGA QUISPE LOPEZ, IGNACIA DOROTEA CRUZ, ERNESTO ISIDORO GONZALEZ y RAÚL ERNESTO GONZALEZ, considerando que el presente juicio no afectan sus derechos.- 2. Atento lo solicitado por el prescribiente a fs. 68 y a fin de la debida traba de la Litis (art. 530 de la Ley nº 5486), confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Matrícula B-7140, Padrón B-7335, Circunscripción 3, Sección 1, Manzana 29, Parcela 5, ubicado en calle Santa Cruz nº 927, Barrio La Virginia, Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a GINO BARAZZUOL y RAMÓN BARAZZUOL (herederos de VIRGINIO BARAZZUOL) y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C.- Conf. modificación Ley 5486).- A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir.- Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el local del Juzgado de Paz de Monterrico, Departamento de El Carmen, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.C.- modif. Ley 5486).- 3. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.).- 4. Atento lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 26.994), ordénase la anotación de litis en el Registro de la Propiedad Inmueble sobre el inmueble objeto de la presente causa.- 5. Notifíquese (art. 155/6 del C. P. C.).- Fdo.: Dra. Alejandra M. L. Caballero- Juez, ante mí: Dra. Liliana Chorolque-Secretaria”.-Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 16 de Septiembre de 2020.-

 

23/26/28 OCT. LIQ. N° 21465-21514 $801,00.-