BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 28/10/20
Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 7, Secretaria Nº 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. CHOBA PEREIRA, ROSA DNI Nº 92.663.123 que en el Expte. Nº C-112392/18, caratulado: “Ejecutivo: BANCO MASVENTAS S.A. c/ CHOBA PEREIRA ELSA” se han dictado la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy, 30 de Abril de 2019.- Autos y Vistos:…, y Considerando:…, Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MASVENTAS SOCIEDAD ANONIMA en contra de ROSA CHOBA PEREIRA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Treinta Mil ($30.000,00), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora (12/09/17) y hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($7.500,00), conforme lo dispuesto por el art. 35 de la ley 6112, atendiendo a la labor desarrollada en autos, el monto ejecutado, las etapas cumplidas y el resultado acaecido; suma, ésta, calculada a la fecha de la presente y la que sólo en caso de mora devengará interés a Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes; a C.A.P.S.A.P. y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del C.P.C.).- VII.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante Mi Dra. María Eugenia Pedicone- Firma Habilitada.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 30 de Septiembre de 2.020.-
23/26/28 OCT. LIQ. N° 21445 $801,00.-