BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 26/10/20

DECRETO N° 10037-ISPTyV/2019.-

EXPTE. N° 0615-242/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 AGO. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Aceptar la donación realizada por la Fundación Libertad a favor del Estado Provincial, con destino a calle, de la porción que se disgrega del inmueble ubicado en el Barrio Alto Comedero de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, identificado Como Padrón A-89263, Manzana 773, Parcela 13, Matricula A-65912, con una superficie de 1584,40 m2, que surge del plano de mensura de fracción para donación de calle N° 1631 de fecha 10 de agosto de 2016.-

ARTICULO 2°.- Facultase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la correspondiente Escritura Pública de donación en favor del Estado Provincial del Inmueble en cuestión.-

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y-Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Escribanía de Gobierno, Dirección Provincial de Inmuebles, Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR