BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 23/10/20
EXPTE Nº 727-265/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SET. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.019 Ley N° 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: 1 Ministerio de Salud
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
15-30 HORAS 1
Agrup. Serv. Generales
Esc. General
Ley N° 3161/74
Total 1
U. de O.: 6-01-15 Hospital “Gral Manuel Belgrano”
CREASE
Categoría N° de Cargos
1-30 horas 1
Agrup. Serv. Generales
Esc. General
Ley N° 3161/74
Total 1
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada, a la Sra. Silvia Elizabeth Canavire, CUIL 27-29496387-7, en el cargo categoría 1-30 horas, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de mucama/o, en el Hospital “General Manuel Belgrano”, a partir del 11 dé junio de 2.018.-
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N°6113, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de “Gastos en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: 6-01-15 Hospital “General Manuel Belgrano”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 5°.- Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR