BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 23/10/20

DECRETO Nº 9321-DEyP/2019.-

EXPTE Nº 662-183/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 MAYO  2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promuévase a partir del 1° de enero de 2019 al Sr. Fernando Raúl VARGAS DNI N° 10.826.313, CUIL 20-10826313-0, a la categoría 24 Agrupamiento Mantenimiento y Producción del Escalafón General de la Administración Pública Provincial Ley N° 3161/74, de la Planta de Personal Permanente de la Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 5502 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H/07.-

ARTICULO 2°.- La erogación emergente en lo dispuesto por el artículo anterior, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N° 6113 – Ejercicio 2019 – para la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. U. de O. “3A” Dirección Provincial de Desarrollo Agrícola y Forestal, Partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tornará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-60 “Adecuación Ley N° 5502” U. de O. Obligaciones a Cargo del Tesoro.-

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal al control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del art. 3°, “Anexo I”, del Decreto N° 8865-H/07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias, incluyendo la intimación del art. 100 bis de la Ley N° 3161/74.

ARTICULO 4°.- El presente será refrendado por los Sres. Ministros de Desarrollo Económico y Producción y Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pese al Boletín Oficial para su publicación- en forma sintética-. Dése a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, pase a Contaduría de la Provincia, a la Dirección Provincial de Presupuesto y a la Dirección Provincial de Personal a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 3° del presenté. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR