BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 21/10/20

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 1, en el Expte. Nº C-111942/18 caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva CREDINEA S.A. c/ LUQUE, NORBERTO LUIS” se notifica por este medio al demandado, Sr. NORBERTO LUIS LUQUE D.N.I. N° 32.790.140, la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy, 22 de julio de 2020.- Autos y Vistos…Considerando…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de NORBERTO LUIS LUQUE hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Veinte Mil Trescientos Noventa y Cuatro con Setenta y un Centavos ($20.394,71) con más el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora (28/10/2016) y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de honorarios del letrado interviniente hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada debiendo practicarse conforme las pautas establecidas en la Sentencia.- IV.- Firme la presente, deberá presentarse en autos planilla de liquidación en el término de cinco días bajo apercibimiento de ley y por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- V.- Notificar por cedula y las futuras por Ministerio Ley (Art. 154 del C.P.C.).- VI.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- ante mi Dra. Amelia del V. Farfán-Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que en los términos comienzan a correr a partir de la última publicación.- San Salvador de Jujuy, 22 de septiembre de 2020.-

 

21/23/26 OCT. LIQ. N° $801,00.-