BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 21/10/20

Dr. Diego A. Puca- Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el C-137567/19, caratulado: “Ejecutivo: BANCO MASVENTAS S.A. c/ ARIAS, EDMUNDO RUBEN” hace saber al SR. ARIAS, EDMUNDO RUBEN, que se ha dictado la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy, 18 de Septiembre del 2020.- Autos y Vistos:…- Resulta:…- Considerando:…- Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por BANCO MAS VENTAS S.A., en contra del SR. ARIAS, EDMUNDO RUBEN hasta hacerse el acreedor íntegro cobro del capital reclamado o sea la suma de Pesos Diecinueve Mil Ciento Cincuenta y Seis con Veintisiete Centavos ($19.156,27) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235 de fecha 11/5/2011), y con más el cincuenta por ciento (50%) de lo que resulten de los moratorios en concepto de intereses punitorios, con mas I.V.A. si correspondiere.- 2) Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese ésta resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de la Ley.- 3) Diferir la Regulación de Honorarios hasta tanto exista Planilla de Liquidación firme y consentida.- 4) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 5) Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6) Notificar por cédulas, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dr. Diego A. Puca- Juez- Ante mí: Dra. Natacha Buliubasich- Pro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 18 de Septiembre del 2.020.-

 

21/23/26 OCT. LIQ. N° $801,00.-