BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 16/10/20
EXPTE. N° 1100-495/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2019.-
VISTO:
El Decreto N° 8020-A/2018 y el Decreto N° 01-G/2019 que aprueba las estructuras orgánicas de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde adecuar la estructura orgánico funcional del Ministerio de Ambiente, a las disposiciones establecidas en el Anexo XI del Decreto N° 01-G/2019 de fecha 10/12/19;
Que, en concordancia con la política de racionalización del gasto público, se adoptan en esta instancia medidas que significan una reducción de las erogaciones del erario público, al eliminar distintas Unidades de Organización cuyos recursos presupuestarios ya existentes se transferirán a la nueva estructura;
Que, conforme lo dispone el Artículo N° 4 de la Ley N° 5875 “Orgánica del Poder Ejecutivo”, el Gobernador de la Provincia está facultado para determinar y establecer el número y funcionamiento de Secretarías, Coordinaciones de Áreas y Programas, Direcciones y demás organismos que estime necesario de acuerdo a las exigencias de la Administración General de la Provincia.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.-Modificase parcialmente la actual estructura Orgánico-Funcional del Ministerio de Ambiente, como a continuación se indica:
- SUPRIMIR:
JURISDICCION: “W1- MINISTERIO DE AMBIENTE
- DE O. “W2” SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
CARGO N° DE CARGOS
- Secretario de Desarrollo Sustentable 1
- Director de Bosques y Manejo y Uso de Fuego 1
- Director de Incendios Forestales 1
SUBTOTAL 3
- DE O. “W4” SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD
CARGO N° DE CARGOS
- Secretario de Biodiversidad 1
- Director de Protección de la Biodiversidad y
Áreas Protegidas 1
SUBTOTAL 2
- DE O. “W1D” DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL
CARGO N° DE CARGOS
- Sub Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial 1
SUBTOTAL 1
TOTAL 6
- CREAR:
JURISDICCION: “W1- MINISTERIO DE AMBIENTE”
- DE O. SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE
CARGO N° DE CARGOS
- Secretario de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable 1
- Director de Bosques y Manejo de Uso de Suelo 1
- Director de Incendios Forestales 1
- Director de Protección de la Biodiversidad y Áreas Protegidas 1
SUBTOTAL 4
TOTAL 4
ARTÍCULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto, créase en la U. de O. que seguidamente se indica, las siguientes reparticiones:
1) U. DE O.: SECRETARÍA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
-Dirección de Bosques y Manejo y Uso de Suelo.
-Dirección de Incendios Forestales.
-Dirección de Protección de la Biodiversidad y Áreas Protegidas.
ARTÍCULO 3°.- De acuerdo a las disposiciones del Decreto N° 1-G-19, la estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Ambiente se conforma con las U. de O., reparticiones y cargos que seguidamente se individualizan:
1) U. DE O.: MINISTERIO DE AMBIENTE
2)U. DE O.: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
3) U. DE O.: DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
– Sub Dirección General de Despacho.
4) U. DE O. DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL
5) U. DE O. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SECRETARÍA DE CALIDAD AMBIENTAL.
-Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización.
-Dirección de Residuos Especiales y Pasivos Ambientales.
6) U. DE O.: SECRETARÍA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
-Dirección de Bosques y Manejo y Uso de Suelo.
– Dirección de Incendios Forestales.
– Dirección de Protección de la Biodiversidad y Áreas Protegidas.
7) CARGOS: “W1” MINISTERIO DE AMBIENTE
-Director de Planificación Estratégica y Proyectos Ambientales.
-Director de Educación y Comunicación Ambiental.
“W1A” DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
– Coordinador de Despacho.
ARTÍCULO 4°.- Déjase establecido que el cargo de Coordinador de Despacho percibirá una remuneración equivalente a la de Director del Poder Ejecutivo.-
ARTÍCULO 5°.- Apruébase las Misiones y Funciones especificadas en el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 6°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para transferir todos los créditos y la planta de personal de las Secretarías de Biodiversidad y de Desarrollo Sustentable a la nueva Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable.-
ARTÍCULO 7°.- Autorízase igualmente, a transferir bajo la dependencia de la Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable, los créditos y planta de personal permanente de las Direcciones de Bosques y Manejo y Uso de Suelo, de Incendios Forestales y de Protección de, la Biodiversidad y Áreas Protegidas.-
ARTÍCULO 8°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Ambiente y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 9°.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente as sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR