BOLETÍN OFICIAL Nº 122 ANEXO – 14/10/20
EXPTE Nº 715-266/08.-
y N° 729-244/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente Ejercicio 2019 – Ley 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERESE:
DE: U. de O.: R1 Ministerio de Salud
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
TOTAL 1
A: U. de O.: R6-01-17 Hospital “Dr. Jorge Uro”
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
TOTAL 1
DE: U. de O.: R6-01-17 Hospital “Dr. Jorge Uro”
Categoría N° de Cargos
D (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
TOTAL 1
A: U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
Categoría N° de Cargos
D (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
TOTAL 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designada en carácter de interino a la Dra. Ruth Marlene Luis Barrios, CUIL 27-95175464-7, en la categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4418, del Hospital “Dr. Jorge Uro”, a partir del 03 de octubre de 2016 y hasta tanto se cubra el cargo por concurso.‑
ARTICULO 3°.- Transfiérese el cargo y persona del Dr. Rodolfo Walter Suárez, CUIL 23-17661328-9, Categoría D (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4418, de la Unidad de Organización R6-01-17 Hospital “Dr. Jorge Uro”, a la Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑
ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por este Decreto, se atenderá con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General vigente:
Ejercicio 2019:
La partida de “Gasto en Personal”, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana y Unidad de Organización 6-01-17 Hospital “Dr. Jorge Uro.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín ‘Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR