BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 14/10/20
EXPTE.N° 244-43/2.020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 AGO. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorizase a la Secretaría-Representación Oficial del Gobierno de Jujuy en Buenos Aires, a efectuar el llamado a Licitación Privada N° 2/2020, para la contratación de Publicidad Digital para posicionar y promover a la Provincia de Jujuy como uno de los principales destinos turísticos y/o culturales, de desarrollo productivo, económico, e inversiones, quedando expresamente facultado el organismo, para aprobar pliegos, continuar, adjudicar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones de Decreto Acuerdo N° 3.716-H-1978, Decreto Acuerdo N° 8.484-HF-2019 y posterior rendición de cuentas.
ARTÍCULO 2°.- La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1°, se atenderá con la afectación a la siguiente partida:
JURISDICCION: “A” GOBERNACIÓN
U. de. O : 2D-“SECRETARÍA-REPRESENTACIÓN OFICIAL DEL GOBIERNO
DE JUJUY EN BUENOS AIRES”
Finalidad : 1 ADMINISTRACIÓN GENERAL
Función : 7 ADMINISTRACIÓN GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECCION : 1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR : 1 OPERACIÓN
Part. Ppal. : 2 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES
Part. Pcial. : 2 SERVICIOS NO PERSONALES
Pad. Sub-Pcial. : 1 SERVICIOS NO PERSONALES
ARTÍCULO 3°.- Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas en caso de ser necesario, a la creación, modificación y transferencias presupuestarias necesarias para el cumplimiento del presente ordenamiento.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección de Administración de la Gobernación Y Secretaría-Representación Oficial del Gobierno de Jujuy en Buenos Aires para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.
C.P.N. Gerardo Ruben Morales
Gobernador