BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 14/10/20

ACTA DE ASAMBLEA Nº 1: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, siendo las 10.00 horas del día 22 de septiembre de 2020, se reúnen en el domicilio social ubicado en Casanova 1295 de la ciudad de San Salvador de Jujuy la totalidad de los socios de FGA SRL, Josefina Piedrabuena y Leonardo Darío Isoldi, quienes representan el 100% del capital social a los efectos de llevar adelante una asamblea unánime para tratar el siguiente orden del día: 1) Cumplimiento de lo requerido por el Registro Público-Declaración jurada de la socia gerente acerca de las incompatibilidades y prohibiciones del art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades. Seguidamente se trata el punto uno del orden del día, toma la palabra el socio Leonardo Darío Isoldi y manifiesta que se ha iniciado el trámite de inscripción de la sociedad ante el Registro Público de esta ciudad organismo que ha solicitado mediante proveído de fecha 17 de septiembre de 2020 que se acompañe declaración jurada de la socia gerente Josefina Piedrabuena manifestando si la misma se encuentra incluida o alcanzada en las incompatibilidades y prohibiciones previstas en el art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades.  En virtud de ello, toma la palabra la socia Josefina Piedrabuena, quien declara bajo juramento que no se encuentra comprendida, incluida ni alcanzada en las incompatibilidades y prohibiciones previstas en el art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades, encontrándose en consecuencia habilitada para ejercer la función del cargo de gerente aceptado en el artículo décimo quinto del estatuto social.- Asimismo, a los fines de evitar observaciones futuras mociona que se modifique el artículo décimo quinto del contrato social y propone que el mismo quede redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Miembros de la Gerencia: Se designa como miembro de la Gerencia correspondiente al primer ejercicio social y por el plazo de tres años a JOSEFINA PIEDRABUENA DNI 31061210 quien acepta el cargo en este mismo acto y declara bajo juramento que no se encuentra comprendida, incluida ni alcanzada por las incompatibilidades y prohibiciones previstas en el art. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades.. Sometida a consideración de los socios la moción efectuada la misma es aprobada de manera unánime por ambos socios, suscribiendo la presente en prueba de conformidad autorizando al abogado Martín Esteban Sodero, MP 2265, DNI 26.501.735 a realizar los trámites necesarios para la inscripción de la presente ante el Registro Público. No siendo para más se da por concluida la asamblea fijada para el día de la fecha, previa lectura y ratificación se firma la presente.- ACT. NOT. N° B 00555621, ESC. MARIA EMILIA MACINA-ADS. REG. N° 32- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 08 de Octubre de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

14 OCT. LIQ. Nº 21369 $475,00.-