BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 09/10/20
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 Secretaria Nº 12, en el Expte. Nº C-057530/15, caratulado: “Ejecutivo: BANCO MASVENTAS S.A. c/ RUEDA DANIEL GERARDO”, se hace saber al demandado Sr. RUEDA DANIEL GERARDO la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 18 de febrero de 2020.- Autos y Vistos:… Considerando:… Resuelve 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MAS VENTAS S.A. en contra de DANIEL GERARDO RUEDA, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Cuatro Mil Setecientos Cuarenta y Tres con Cuarenta Centavos ($4.743,40) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción de cada título y hasta la mora 26/05/2.015 y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago.- 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Diferir la regulación de los honorarios profesionales de la Dra. Analía Elizabeth Almazán, hasta tanto se practique y apruebe la planilla de liquidación en la presente causa.- 4º) Notificar la presente al demandado por edictos (art. 62 del C.P.C.) y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo. Dra. Lis M. Valdecantos Bernal- Juez Habilitada- Ante Mi Dr. Juan José Bravo Firma Habilitada.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber a la accionada que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- San Salvador de Jujuy, 16 de Marzo de 2020.-
09/14/16 OCT. LIQ. N° 21223 $801,00.-