BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 07/10/20

Dr. Matías Leonardo Nieto, Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 18, en el Expte. Nº D-002141/13; caratulado: “Ejecutivo: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO SUCRED S.A. c/ DAVID, DAMIAN HERNAN”, procede a notificar al Sr. DAVID, DAMIAN HERNAN DNI Nº 33.253.311 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 05 de Marzo de 2014.- I- Téngase por presentada/o el/la Dra. Analía Elizabeth Almazán, por constituido domicilio procesal y parte, en representación de SISTEMA UNIFICADO DE CRÉDITO DIRIGIDO S.A., a mérito de copia juramentada de Poder.- II- Téngase por interpuesta demanda ejecutiva por cobro de pesos de conformidad a lo establecido por el art. 472, 460, 471, 478 y 480 de CPC, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado, en el domicilio denunciado, por la suma de pesos Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho Con 00/100 en concepto de capital con más la de pesos Mil Quinientos, calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio….- III- La citara de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- V- Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C.).- VI- Para el cumplimiento de lo ordenado el oficial de justicia queda facultado de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuese necesario.- VII- Se faculta para el diligenciamiento de la presente medida a la Dra. Analía Elizabeth Almazán y/o la persona que esta designe para su diligenciamiento.- VII-Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- VIII- Notifíquese.- Fdo. Dr. Hugo C. Moisés Herrera- Juez, ante mi Dra. Lilian Inés Conde- Secretaria.- “Otro Proveído “San Pedro de Jujuy, 13 de Marzo 2018.- I.- Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por la Dra. Analía Elizabeth Almazán, ordénese la notificación por edictos al demandado señor Damian Hernán David, conforme lo prevé el art. 162 de CPC.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.- II- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez por Habilitación, ante mi Dra. Mariana Valeria Palavecino- Pro Secretaria Técnica Administrativa.- San Pedro de Jujuy, 28 de mayo de 2020.- Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

05/07/09 OCT. LIQ. Nº 21305 $801,00.-