BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 05/10/20

Adenda al Contrato Constitutivo de Unión Transitoria.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy  a los dos días del mes de Septiembre  del año 2020 se celebra la presente adenda al contrato de constitución de UNIÓN TRANSITORIA celebrado “BSD Ingeniería y Servicios de Ramón Horacio Sarrouf Zogbe”, en adelante “BSD”, con domicilio en Ruta Pcial. 1 Km. 7 El Arenal de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, representada en este acto por el Ing. RAMÓN HORACIO SARROUF ZOGBE, D.N.I. N° 11.966.155, en su carácter de Titular de la Empresa citada con facultades suficientes; y “PROYECTOS METALÚRGICOS S.A.”, en adelante, con domicilio en jurisdicción de la Provincia de Tucumán y sede social en calle Benjamín Matienzo Nº 598 de San Miguel de Tucumán, capital de dicha provincia, cuya constitución celebrada por Escritura Pública Nº 134 de fecha 12 de septiembre de 2000, pasada ante la escribana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Alicia Susana Nápoli de Triaca, al folio 575 del Registro Notarial Nº 786 a su cargo, se inscribió en la Inspección General de Justicia con fecha 03/05/2001, bajo el número Nº 5363 del Libro 14, y el cambio de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Provincia de Tucumán y reforma de los artículos 1º y 4º de los Estatutos Sociales, aprobados por Resolución de la Dirección de Personas Jurídicas número 252/15 D.T.J., de fecha 20 de Agosto de 2015, mediante expediente 4373/205-P-15, se inscribió en el Registro Público de Comercio de Tucumán, con fecha 02 de Octubre de 2015, bajo Nº 4, Fs. 270/295, Tomo XXVI del Protocolo de Contratos Sociales 2015, representada en este acto por la Dra. ROSANA CAPPIELLO, D.N.I. N° 22.164.524, en su carácter de Mandataria con facultades suficientes. PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente ADENDA, modificar el “ARTICULO 3°” del Contrato de Unión Transitoria de fecha 02 de Julio de 2020 -que disponía la denominación de la Unión Transitoria conformada como: “BSD INGENIERÍA Y SERVICIOS Y P.M.S.A.- Unión Transitoria”-  y determinar por la presente que la denominación de la Unión Transitoria constituida en adelante será  “BSD INGENIERÍA Y SERVICIOS DE RAMÓN HORACIO SARROUF ZOGBE Y PROYECTOS METALURGICOS S.A – Unión Transitoria”.SEGUNDA: Excepto la modificación que se determina en la cláusula anterior de esta ADENDA, el contrato de Unión Transitoria referido queda vigente en todas las demás condiciones fijadas, en cada una de sus cláusulas. En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B-00569919, ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. N° 2- S.S. DE JUJUY.-

 

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 25 de Septiembre de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

05 OCT. LIQ. Nº 21380 $390,00.-