BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 05/10/20

DECRETO N° 11325-S/2020.-

EXPTE. N° 715-2236/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ténganse por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. RICARDO ANTONIO SALAZAR, CUIL 20-17861021-0, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418 de la U. de O.: R6­-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con el Adicional por Permanencia en el Servicio de Guardia del 90 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 23 de octubre de 2.017.‑

ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la Partidas Presupuestarias que a continuación se indican:

EJERCICIO 2019

El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaria de Salud la partida 1-1-1-1-2-153 “Regularización de Adicionales Personal -Ministerio de Salud.-

EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público .a sus demás efectos.‑

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de ” Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR