BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 05/10/20
EXPTE. N° 1302-503/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del Expte. N° 1302-503-2017 caratulado “S/ Alojamiento Feria del Vino”; a la “Partida 3-10-15-1-26-0 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, previstas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N° 6113/18, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 3°.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría-de Comunicación –y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR