BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 02/10/20
EXPTE Nº 780-475/15.-
N° 714-2576/15 y N° 780-242/16
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente Ejercicio 2019 – Ley 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE:
DE: U. de O.: R1 Ministerio de Salud
Categoría N° de Cargos
A-1 (i-1) 4
Esc. Profesional
Ley 4413
TOTAL 1
A: U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”
Categoría N° de Cargos
A-1 (i-1) 4
Esc. Profesional
Ley 4413
TOTAL 1
ARTICULO 2°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Señora Silvana Daniela Tolaba, DNI N° 30.726.317, al cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, que detenta en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 12 de noviembre de 2015.‑
ARTICULO 3°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Señora Claudia -Graciana Herrera, CUIL 27-23298820-2, al cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, que detenta en la U. de O.: R6-01-12 Hospital “San Miguel”, a partir del 10 de junio de 2018.‑
ARTICULO 4°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Señora Mabel Gabriela Cahaparro, CUIL 27-28975231-0, al cargo categoría A-1 (i-1), en carácter de reemplazante por licencia sin goce de haberes de su titular, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 10 de junio de 2018.‑
ARTICULO 5°.- Téngase por designada a la Señora Claudia Graciana Herrera, CUIL 27-23298820-2, en el cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, para cumplir funciones de Licenciada en Enfermería, en la Unidad de Organización R6-01-02, Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de junio de 2018.‑
ARTICULO 6°.- Téngase por designado al Señor Diego Roberto Cruz, CUIL 2025885713-6, en el cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, para cumplir funciones de Licenciado en Enfermería, en la Unidad de Organización R6-01-02, Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de junio de 2018.‑
ARTICULO 7°.- Téngase por designado al Señor Omar Alejandro Marcelo Mamani, CUIL 20-32339335-5 en el cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, para cumplir funciones de Licenciado en Enfermería, en la Unidad de Organización R6-01-02, Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de junio de 2018.‑
ARTICULO 8°.- Téngase por designada a la Señora Delia Mercedes Martínez, CUIL 23-32625623-4, en el cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, para cumplir funciones de Licenciada en Enfermería, en la Unidad de Organización R6-01-02, Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de junio de 2018.‑
ARTICULO 9°.- Téngase por designado a la Señora Mabel Gabriela Chaparro, CUIL 27-28975231-0, en el cargo categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4413, para cumplir funciones de Licenciada en Enfermería, en la Unidad de Organización R6-01-02, Hospital “Pablo Soria”, a partir del 11 de junio de 2018.‑
ARTICULO 10°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019,. Ley 6113, que a continuación se indica:
Ejercicio 2019: –
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal”, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte- de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –
ARTICULO 11°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 12°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR