BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 02/10/20

DECRETO Nº 10018-ISPTyV/2019.-

EXPTE Nº 850-480/2014.-

Agdos. Exptes. N° 850-39/2012, N° 615-795/2012.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 AGO. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Rechazase el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. JUAN ORLANDO, AGUIRRE, D.N.I. N° 13.729.418, con el patrocinio letrado de la Dra. NORMA CARINA AMALLER, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Por aplicación del principio de eventualidad procesal, dejase opuesta en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Art. 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.-

ARTÍCULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, notifíquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy y Secretaria General de la Gobernación, -a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR