BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 28/09/20
EXP. Nº 721-939/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°. – Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.019 Ley N°6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de 0.: 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”
SUPRIMASE
categoría N° de cargos
B 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N°4135 modif. 4418
total 1
CREASE
Categoría N° de cargos
A 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N°4135 modif. 4418
Total 1
ARTICULO 2°. – Téngase por designado, al Dr. Gustavo Adolfo Martínez, CUIL N° 20-27097088-6, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 y su modif. 4418, para cumplir funciones _de Médico Generalista en la planta permanente de la U. de 0: 6-01-09, del Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”, a partir del día 3 de diciembre de 2.018.-.
ARTÍCULO 3°. – La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gasto y Cálculos de Recursos Ejercicio 2019, Ley N°6113, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de “Gasto Personal “asignada a la Jurisdicción “R”
Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina del Crédito Público a sus demás efectos. ‑
ARTÍCULO 4°. – El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. ‑
ARTÍCULO 5°. – Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR